Resolución N.° 154-2024-UNAMAD-CU

25 de marzo de 2024

SE RESUELVE: ARTÍCULO 1°: RATIFICAR, la Resolución de Consejo de Facultad de Ingeniería N° 010-2024-UNAMAD-CFI, de fecha 13 de marzo de 2024, que resuelve APROBAR, la solicitud de Año Sabático peticionado por el Ing. M.Sc. Javier Eduardo Díaz Viteri, docente en la Categoría Asociado Dedicación Exclusiva de la Carrera Profesional de Ingeniería Agroindustrial de la Universidad Nacional Amazónica de Madre de Dios, a partir del 01 de abril de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025 (…). 

ARTÍCULO 2°: DISPONER, que el Ing. M.Sc. Javier Eduardo Díaz Viteri, cumpla con lo establecido en el artículo 11°[1] del Reglamento de Año Sabático de la UNAMAD, aprobado con Resolución de Consejo Universitario N° 287-2022-UNAMAD-CU.



[1] Artículo 11° De las obligaciones del docente beneficiario del año sabático
Los docentes beneficiarios del año sabático tienen las siguientes obligaciones:
a.         Participar como expositor en las conferencias programadas por la Dirección de la Escuela Profesional, Vicerrectorado de Investigación y/o Vicerrectorado Académico.
b.        Exponer su trabajo en las jornadas científicas organizadas por su Institución o Centro de Investigación.
c.         Publicar un resumen de los resultados de su trabajo, en revistas de la UNAMAD.
d.        Enviar, a través del Vicerrectorado de Investigación, tres (3) ejemplares de todas las publicaciones académicas-científicas resultantes del trabajo.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de Consejo Universitario

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