Resolución N.° 375-2023-UNAMAD-CU
3 de julio de 2023
ARTÍCULO 1°: MODIFICAR, el artículo 17° de la Resolución de Consejo Universitario N° 343-2023-UNAMAD-CU, de fecha 16 de junio de 2023,debiendo quedar redactado de la siguiente manera:
DICE:
ARTÍCULO 17°: DISPONER, que la Unidad de Recursos Humanos y el Departamento Académico de Educación y Humanidades, así como el Departamento Académico de Contabilidad y Administración, realicen las acciones administrativas necesarias conforme a sus atribuciones para el cumplimiento de la presente resolución. Asimismo, la presente resolución entra en vigencia y se ejecuta al día siguiente de su notificación al interesado.
DEBE DECIR:
ARTÍCULO 17°: DISPONER, que la presente resolución se notifica al interesado para que estos puedan de acuerdo a la Ley N° 27444, interponer sus recursos de reconsideración y/o apelación, la cual deberán hacerlo ante el órgano que emitió la resolución, es decir el Consejo Universitario, en un plazo de 15 días hábiles contados desde el día hábil siguiente de su notificación, a través de la Unidad de Tramite Documentario.
ARTÍCULO 2°: DEJAR SIN EFECTO, el artículo 18° de la Resolución de Consejo Universitario N° 343-2023-UNAMAD-CU, de fecha 16 de junio de 2023, la misma que resolvía lo siguiente:
ARTÍCULO 18°: DISPONER, que las Facultades de Educación y Ecoturismo realicen a través del Departamento Académico de Educación y Humanidades, así como el Departamento Académico de Contabilidad y Administración, la propuesta de contrato de docentes para cubrir las plazas que quedarán vacantes al cumplirse la presente resolución.
ARTÍCULO 3°: DEJAR SUBSISTENTE, los demás artículos que se detallan en la Resolución de Consejo Universitario N° 343-2023-UNAMAD-CU, de fecha 16 de junio de 2023, en todo aquello que no se oponga a la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Consejo Universitario