Resolución Rectoral N.° 056-2023-UNAMAD-R
24 de febrero de 2023
SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: ENCARGAR, a la Econ. Sandra Liliana Quecaño Mayo, como Responsable de la Unidad Formuladora de la UNAMAD, a partir del 06 de febrero de 2023 al 31 de marzo de 2023 o hasta que la autoridad estime lo conveniente.
ARTÍCULO 2°: DISPONER, que la profesional designada en el artículo precedente, cumpla con sus funciones de acuerdo a lo establecido en el Art. 74[1] y Art. 75[2] del ROF de la UNAMAD.
[1]Artículo 74.- Unidad Formuladora: es la unidad orgánica que depende de la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, responsable de conducir la fase de formulación y evaluación de ciclo de inversión; así como elaborar los estudios de pre inversión con el fin de sustentar la concepción técnica y el dimensionamiento de proyectos de inversión, para la determinación de viabilidad, en cumplimiento de objetivos, metas de productos e indicadores de resultados previstos en la fase de Programación Multianual.
[2] Artículo 75.- Funciones de la Unidad Formuladora son: a. Dirigir la fase de Formulación y evaluación del Ciclo de Inversión; b. Aplicar las metodologías aprobadas por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones o por el Sector, según corresponda para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión; c. Elaborar los contenidos de las Fichas Técnicas y los Estudios de Pre inversión para sustentar y dimensionar los proyectos de inversión, para la determinación de su viabilidad, teniendo en cuenta los objetivos, metas de producto e indicadores de resultado previstos en la fase de Programación Multianual. así como, los recursos para la operación y mantenimiento de los activos generados por el proyecto de inversión y las formas de financiamiento; d. Mantener actualizado el Registro del Banco de Inversiones los proyectos de inversión y las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación. e. Cautelar que las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, no contemplen intervenciones que constituyan proyectos de inversión. f. Aprobar las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, g. Proponer a la alta dirección, la formulación del presupuesto de inversión y estudios, proyectos y obras no financiadas por el sector público, para su aprobación. h. Declarar la viabilidad de los proyectos de inversión. i. Conducir, dirigir y evaluar el proceso de Programación Multianual de Inversión Pública (PMIP) como instrumento que guie la formulación de la inversión pública; j.Las demás funciones asignadas por la Oficina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto o aquellas que sean otorgadas por norma expresa.