Resolución de Presidencia N.° 005-2026/UNADISAM-P
Se declara como prioridad el procedimiento de Licenciamiento de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos - UNADISAM
23 de enero de 2026
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR como prioridad el procedimiento de Licenciamiento de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos - UNADISAM, debiendo todas las oficinas y unidades orgánicas de la universidad, actuar dentro sus competencias y funciones, con la finalidad de realizar la implementación de las seis (06) condiciones básicas de calidad
(CBC) establecidas en la Resolución de Consejo Directivo N° 043-2020-SUNEDU-CD en concordancia con la Resolución de Superintendencia N° 055-2021-SUNEDU.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que la ejecución presupuestaria en todas sus fases deberá observar en todo momento el principio de frugalidad en el gasto, administrando y utilizando los recursos que les sean asignados de manera austera, racional, eficiente y responsable, evitando erogaciones innecesarias o que no se encuentren debidamente justificadas para el cumplimiento de los indicadores establecidos para cada condición básica de calidad.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que las certificaciones de gastos cuenten con el visto bueno del Presidente de la Comisión Organizadora, en virtud de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1440 - Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, en cuanto corresponda al titular de la entidad.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución, en el Portal de Transparencia Estándar de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos y en el portal web institucional (www.unadisam.edu.pe).
ARTICULO QUINTO.- NOTIFICAR la presente resolución, a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas, para su conocimiento y fines.
ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR como prioridad el procedimiento de Licenciamiento de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos - UNADISAM, debiendo todas las oficinas y unidades orgánicas de la universidad, actuar dentro sus competencias y funciones, con la finalidad de realizar la implementación de las seis (06) condiciones básicas de calidad
(CBC) establecidas en la Resolución de Consejo Directivo N° 043-2020-SUNEDU-CD en concordancia con la Resolución de Superintendencia N° 055-2021-SUNEDU.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que la ejecución presupuestaria en todas sus fases deberá observar en todo momento el principio de frugalidad en el gasto, administrando y utilizando los recursos que les sean asignados de manera austera, racional, eficiente y responsable, evitando erogaciones innecesarias o que no se encuentren debidamente justificadas para el cumplimiento de los indicadores establecidos para cada condición básica de calidad.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que las certificaciones de gastos cuenten con el visto bueno del Presidente de la Comisión Organizadora, en virtud de lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1440 - Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, en cuanto corresponda al titular de la entidad.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución, en el Portal de Transparencia Estándar de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos y en el portal web institucional (www.unadisam.edu.pe).
ARTICULO QUINTO.- NOTIFICAR la presente resolución, a la Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades orgánicas, para su conocimiento y fines.
