Resolución de Presidencia N.° 006-2026-UNABAP-CO/P

RESOLUCION DE PRESIDENCIA

16 de febrero de 2026

SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: CONFORMAR, la representación empleadora para participar en la Comisión Negociadora del proceso de negociación colectiva, entre la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú y el Sindicato de Trabajadores Administrativos de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú – “SITAENSABAP”, respecto al proyecto de Convenio Colectivo correspondiente al periodo 2026 - 2027, la cual está integrada por los siguientes servidores:

  • El/la Director/a de Administración o quien haga sus veces, quien lo presidirá.

  • El/la Subdirector/a de la Subdirección de Recursos Humanos o quien haga sus veces, como Secretario(a) Técnico(a).

  • El/la Secretario/a General o quien haga sus veces.

  • El/la Director/a de la Dirección de Planificación o quien haga sus veces.

  • El/la Director/a de la Dirección de Asesoría Legal o quien haga sus veces.

  • El/la Director/a de la Dirección Académica o quien haga sus veces.

  • El/la Subdirector/a de la Subdirección de Logística o quien haga sus veces.

  • El/la Subdirector/a de la Subdirección de Economía y Finanzas o quien haga sus veces.

ARTÍCULO SEGUNDO: OTORGAR, a la representación conformada mediante el artículo primero de la presente resolución, las facultades correspondientes en el marco de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal y los “Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal”, aprobados por Decreto Supremo N° 008-2022-PCM.

ARTÍCULO TERCERO: La Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú asume progresivamente los derechos y obligaciones laborales y colectivas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, conforme a la Ley N° 31997, para lo cual se deberá garantizar la seguridad jurídica en el proceso de negociación.

ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú y los interesados para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.

Vista preliminar de documento R.P N  006-2026-CO-UNABAP-P[R][R] (2)

R.P N 006-2026-CO-UNABAP-P[R][R] (2)

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