Resolución de Comisión Organizadora N.° 011-2026-UNABAP/CO
RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA
13 de febrero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR, a la Mtra. KATIA GIOVANNA BARRUETA VÍLCHEZ en el cargo de Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú - UNABAP, a partir del 13 de febrero de 2026, hasta que la Autoridad Universitaria “lo determine”.
ARTÍCULO SEGUNDO: La designación de la Mtra. Katia Giovanna Barrueta Vílchez es Ad Honorem, por lo que, no irroga gasto alguno a la Universidad Nacional de Autónoma de Bellas Artes del Perú ni a la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Presidencia de la Comisión Organizadora, para que en un plazo de dos (2) días hábiles de haber sido publicada la presente resolución, pueda ser remitida a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) del Ministerio de Educación, para su conocimiento y demás fines de Ley.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional de Autónoma de Bellas Artes del Perú y a la interesada para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR, a la Mtra. KATIA GIOVANNA BARRUETA VÍLCHEZ en el cargo de Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú - UNABAP, a partir del 13 de febrero de 2026, hasta que la Autoridad Universitaria “lo determine”.
ARTÍCULO SEGUNDO: La designación de la Mtra. Katia Giovanna Barrueta Vílchez es Ad Honorem, por lo que, no irroga gasto alguno a la Universidad Nacional de Autónoma de Bellas Artes del Perú ni a la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Presidencia de la Comisión Organizadora, para que en un plazo de dos (2) días hábiles de haber sido publicada la presente resolución, pueda ser remitida a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) del Ministerio de Educación, para su conocimiento y demás fines de Ley.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR, la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional de Autónoma de Bellas Artes del Perú y a la interesada para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Comisión Organizadora UNABAP - 2026
