Resolución de Comisión Organizadora N.° 004-2026-UNABAP/CO

30 de enero de 2026

La presente resolución versa sobre:
Articulo 1.- Dejar Sin Efecto los requisitos establecidos en el MOF y Estatuto de la ENSABAP, en lo que se refiere a la formación y experiencia necesaria para efectuar la designación y/o encargatura de puestos en la organización vigente de la ENSABAP en tanto se constituyan los órganos de gobierno como UNABAP.
Articulo 2.- Mantener, la organización vigente de la ENSABAP, en tanto se concluya el proceso de transición a UNABAP; a fin de no afectar la continuidad operativa de la ENSABAP, en su calidad de Unidad Ejecutora 021 del Pliego 010 del MINEDU; ya que a la fecha mantiene obligaciones y procesos vigentes que, una vez se concluya el proceso de transición serán asumidos por la nueva organización que se constituya como UNABAP.
Articulo 3.-Designar, por necesidad institucional a partir del 02 de febrero de 2026 a doña Miriam Janet Ríos Ramos en el puesto de Directora de Asesoría Legal de la UNABAP; a fin que cumpla con efectuar la conducción y brindar el asesoramiento y apoyo técnico en asuntos de carácter legal que requieren los diferentes órganos y unidades orgánicas; así como efectuar las funciones que le puedan ser encomendadas por el responsable de la Unidad Ejecutora 021 del Pliego 010 del MINEDU.
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Resolucion de Comisión Organizadora N° 004-2026-UNABAP-CO

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