Resolución Directoral N.° 175-2009-ENSABAP

2 de julio de 2009

La presente resolución, la Resolución Directoral N° 175-2009-ENSABAP de fecha 02 de julio de 2009, aborda la solicitud presentada en el Expediente Nro. 1116-2009 por la señora María Luisa Oré Viuda de Castillo, esposa supérstite del ex servidor Felipe Castillo Cóndor, quien solicitó la asignación de una pensión de invalidez o la bonificación mensual por invalidez. La solicitud se fundamentó en que el ex servidor, quien ya recibía una Pensión Definitiva de Sobreviviente de S/. 500.00 desde 2007, había sufrido un accidente de tránsito en 2007 que le causó secuelas irreversibles, dejándolo con la necesidad de cuidado permanente. Tras analizar la documentación y un certificado médico de ESSALUD que acreditaba una incapacidad permanente con grado parcial del 44% (debido a diagnósticos como ceguera irreversible, hipoacusia neurosensorial y espondilolistesis), la ENSABAP concluye que, legalmente, este grado de incapacidad es insuficiente para justificar que el causante requiriera el cuidado permanente de otra persona para los actos ordinarios de la vida. Por consiguiente, la presente resolución RESUELVE Declarar INFUNDADA la solicitud de la recurrente por los argumentos expuestos en los considerandos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales de la UNABAP - 2009

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