Resolución Directoral N.° 250-2009-ENSABAP

RESOLUCION DIRECTORAL

15 de setiembre de 2009

Artículo 1º.- Declarar INADMISIBLE el Recurso de Reconsideración interpuesto por la Sra. Eva Dalila López Miranda por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución.

Artículo 2.- Conceder 5 días hábiles a la recurrente a fin de que subsane la omisión precisada, bajo apercibimiento de archivarse el proceso administrativo.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales de la UNABAP - 2009

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