Resolución Directoral N.° 134-2018-ENSABAP

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

30 de noviembre de 2018

Se resuelve la resolución aceptar la renuncia laboral y revocable y definitiva a partir del 12 de noviembre del 2018 de la señora Clarisa elizabeth Ajalcriña Cortés, identificada con DNI N° 06800612, servidora nombrada bajo el régimen de decreto legislativo número 276 en el cargo de coordinadores de admisión y registros de dirección académica con plaza orgánica número 54 del CAP con nivel y o categoría de funcionario-3 (F-3) para cuyo efecto seleccionero del plazo de 30 días establecido por la norma para la comunicación del cese.
Se resuelve reconocer a favor de la señora Clarisa elizabeth ajalcriño cortés el tiempo elaborado y acumulado el momento de su renuncia de 31 años 5 meses y un día de servicios prestados a la escuela, del 29 de abril de 1983 al 30 de septiembre del 2014 en forma ininterrumpida ostentando el cargo de coordinadora de admisión y registro de la dirección académica con el nivel y o categoría administrativa de F-3 perteneciendo al régimen mercenario del decreto ley 19990 sistema Nacional de pensiones. Se resuelve otorgar el pago por compensación de tiempo de servicios a favor de la servidora con la suma de S/. 1,193.81, por concepto de dicho beneficio que es el resultado y multiplicar las remuneraciones principales de S/. 38.51 por 31, que viene hacer la cantidad de años de servicios prestados a la institución correspondiéndole además la equivalencia al 100% de la remuneración principal que percibía por el tiempo de servicios acumula para este efecto, así mismo otorgar el beneficio económico que dispone la centésima cuarta disposición complementaria y final de la ley número 36 93 - ley de presupuesto de sector público para el año fiscal 2018 en virtud de lo establecido de literal c) del artículo 54 del D. Leg. N° 276 - ley de bases de carreras administrativa y de remuneraciones del sector público mediante la cual se señala que por única vez en el presente año la función de los y servidores públicos sujetos al régimen de la carrera administrativa les corresponderá con ocasión del cese una entrega económica equivalente a 10 remuneraciones mínimas vigentes quedando exonerado de lo dispuesto del artículo 6° de la presente ley. Correspondiendo la suma de 9300 a favor de la señora Clarisa Elizabeth Ajalcriña Cortés y cuya atención debe ser con presupuesto de la institución.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales de la UNABAP - 2018

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