Resolución Administrativa N.° 015-2025-ENSABAP
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
4 de abril de 2025
La Resolución Administrativa N.° 015‑2025‑ENSABAP, emitida el 4 de abril de 2025 por la Dirección Administrativa de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú (en proceso de adecuación a la nueva Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú creada por la Ley 31997), analiza una serie de FUT, informes técnicos y legales cursados entre marzo de 2024 y marzo de 2025. Los documentos demuestran que la docente Carmen de los Milagros Salas Cuadros prestó servicios sin contrato formal entre el 21 de agosto y el 8 de octubre de 2023 en dos asignaturas del Programa de Artes Plásticas y Visuales: Conservación de Materiales Arqueológicos II y Introducción a la Arqueología. Las áreas usuarias otorgaron conformidad por el trabajo realizado y la Dirección de Planificación confirmó disponibilidad presupuestal por un total de S/ 927,50.
Sustentándose en los artículos pertinentes del Código Civil sobre enriquecimiento sin causa (art. 1954) y en las opiniones del OSCE (Opiniones 083‑2012/DTN, 065‑2022/DTN, 024‑2019/DTN), los informes de Logística y Asesoría Legal concluyen que la ENSABAP debe reconocer y pagar la contraprestación correspondiente para evitar controversias futuras.
Se resuelve:
- Reconocer a favor de la docente el pago de S/ 603,75 por Conservación de Materiales Arqueológicos II y S/ 323,75 por Introducción a la Arqueología.
- Autorizar a la Subdirección de Economía y Finanzas a efectuar el desembolso con cargo a los recursos ordinarios disponibles.
- Notificar a Planificación, Asesoría Legal, Economía y Finanzas, Logística y a la interesada para la ejecución correspondiente.
- Remitir el expediente a la Secretaría Técnica para su evaluación final.
En síntesis, la resolución regulariza la deuda derivada de servicios docentes ya prestados, asegurando el pago dentro del marco legal y presupuestal vigente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones administrativas de la UNABAP - 2025