Fases de Elecciones de APAFA 2024-2025
ComunicadoLEY N° 28628 – APAFA Reglamento de la Ley que Regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas

Fotos: Área de UPDI
24 de noviembre de 2023 - 10:03 p. m.
La Unidad de Gestión Educativa Local Sullana, da a conocer lo siguiente:
CAPÍTULO V: DEL CONSEJO DIRECTIVO
CAPÍTULO V: DEL CONSEJO DIRECTIVO
Artículo 21°.- Los integrantes del Consejo Directivo, son elegidos mediante voto directo, universal y secreto. Su gestión es por el período de dos (02) años. En ningún caso procede la reelección inmediata de los integrantes del Consejo Directivo. El Consejo Directivo está integrado por siete miembros: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tres Vocales.
CAPÍTULO VIII: DEL CONSEJO DE VIGILANCIA
Artículo 38°.- Está integrado por el Presidente, Secretario y Vocal, los mismos que son elegidos simultáneamente con el Consejo Directivo, por votación universal, secreta y directa. Los integrantes del Consejo de Vigilancia, están sujetos a los requisitos e impedimentos previstos por el Consejo Directivo.
Artículo 65°.- El registro del Consejo Directivo y del Consejo de Vigilancia será cancelado por la Unidad de Gestión Educativa Local por las siguientes causales:
Por falsedad en los documentos presentados para el registro. b. Por remoción total de los integrantes del Consejo Directivo y/o del Consejo de Vigilancia.