Precisiones para tener respuestas precisas y oportunas en UGEL Sullana
ComunicadoA los directores de las II.EE del ámbito UGEL Sullana

Fotos: Área de UPDI
5 de enero de 2023 - 1:56 p. m.
La Unidad de Gestión Educativa Local Sullana, da a conocer a los directores de las Instituciones Educativa públicas y privadas, Precisiones para tener respuestas precisas y oportunas en UGEL Sullana.
Según documentos de referencia:
Según documentos de referencia:
· Texto Único Ordenado de la LEY 27444-L.P.A.G.
· Ley N° 28044-L-G-E. y su reglamento el D.S. 011-2012.
· Ley N°29944-Ley de la carrera Magisterial.
· RM N° 517.2017-MINEDU, para Creación, ampliación, fusión de II.EE. Públicas.
· R.V.M. N° 307-2019-MINEDU.Norma Técnica para el proceso de Racionalización en II.EE. Públicas.
· D.S.05-2021-MINEDU, Reglamento de la ley de II.EE Privadas.
· RM N° 326-2020-sobre convenios DE II.EE. PRIVADAS.
· TUPA -Educación Piura-
Con el único propósito de mejorar nuestra capacidad de respuesta a nivel de UGEL Sullana, debemos tener en cuenta las siguientes precisiones que deben cumplirse a cabalidad, adjuntando los requisitos establecidos que sustenten la petición presentada en el trámite de documentos. Acorde a las normas de la referencia, para poder brindarles respuestas precisas y oportunas:
1.-Presentar el documento correspondiente por Trámite Documentario (SIGEA-UGEL-Sullana), señalando la petición precisa en el asunto y cumpliendo con los requisitos establecidos, según normas de la referencia con atención a la Unidad Administrativa o Comisión que le va a dar respuesta Oportuna. señalando obligatoriamente además el N° de teléfono y Correo Electrónico para la recepción de la respuesta.
2.-Para el requerimiento y/o excedencia de plazas (Directivas, jerárquicas, docentes, aux. de educación, administrativas y de servicio.), el único factor determinante es: La matrícula, secciones y aulas, Registradas por los directores de las II.EE. en el SIAGIE del año correspondiente, además del Sistema NEXUS actualizado e integrado al Sistema SIRA-WEB almes de Agosto de cada año, evaluado por el MINEDU para que este pueda satisfacer las necesidades, las mismas que directamente son asignadas al SISTEMA NEXUS, por lo que no es necesario presentar solicitudes y desde luego debemos optimizar el tiempo priorizando otras actividades que son de mayor urgencia para el desarrollo de las actividades escolares (VER RVM N°307-2019-MINEDU).
3.-Las II.EE. Privadas, deben presentar sus peticiones oportunamente, cumpliendo estrictamente con los requisitos establecidos y acorde a los plazos según normas vigentes de la referencia, evitando caer en faltas sancionadoras establecidas en la misma