Contratación de Auxiliares
ComunicadoCuadro Preliminar



Fotos: Comisión de Contrato de Auxiliares
2 de febrero de 2026 - 4:37 p. m.
La Unidad de Gestión Educativa Local Sullana, a través del comité de Contratación de Auxiliares, informa a los postulantes de dicho proceso sobre la Evaluación de Expedientes que, estricto cumplimiento de lo indicado en la Resolución Viceministerial N°158-2025-MINEDU.
PRIMERO. – 5.7.2.1 Para postular a una plaza vacante en el nivel de Educación Inicial de Educación Básica Regular, se debe acreditar uno de los siguientes estudios: b) Haber culminado como mínimo el sexto (VI) ciclo de estudios pedagógicos o el sexto (VI) ciclo de estudios universitarios en educación en cualquier especialidad distinta a la de Educación Inicial y adicionalmente acreditar una capacitación mínima de cincuenta (50) horas pedagógicas relacionadas a la atención y cuidado en la primera infancia.
SEGUNDO. – Evaluación de expedientes de los postulantes “aptos” 6.2.2 Se otorga puntaje adicional al postulante que acredite estudios pedagógicos culminados superiores al (VI) ciclo o título de profesor o licenciado en educación.
SEGUNDO. – Evaluación de expedientes de los postulantes “aptos” 6.2.2 Se otorga puntaje adicional al postulante que acredite estudios pedagógicos culminados superiores al (VI) ciclo o título de profesor o licenciado en educación.
6.2.3 Para el otorgamiento del puntaje del título profesional técnico, tiene que haber sido expedido por un instituto superior tecnológico, equivalente a una carrera de seis (6) ciclos académicos y puede ser de cualquier carrera técnica.
6.2.4 Los títulos de segunda especialidad, así como los títulos pedagógicos obtenidos como parte de una complementación académica o pedagógica no forman parte del requisito en razón que no equivalen a seis ciclos académicos.
6.2.5 Los certificados de capacitación que se consideran válidos para el proceso de contratación son los que se emiten por el Minedu/DRE/UGEL, así como, los expedidos por las universidades, institutos superiores pedagógicos y escuelas de educación superior pedagógicos, que tenga una duración mínima de cincuenta (50) horas pedagógicas y se haya realizado en los últimos cinco (5) años; asimismo la temática de la capacitación debe estar referida a las funciones que desarrolla el auxiliar de educación. Por cada certificado que cumpla los criterios y condiciones se otorga 0.8 puntos, y como máximo hasta tres (3) certificados que acumule 2.4 puntos.
6.2.9 La experiencia laboral señalada en los numerales 6.2.6 y 6.2.7 de la presente norma técnica buscan reconocer la labor del auxiliar de educación de manera general y también en la modalidad a la que postula, ya que está acreditando formación académica y experiencia al mismo tiempo, y para ambos casos se dimensiona la experiencia acreditada.
6.2.9 La experiencia laboral señalada en los numerales 6.2.6 y 6.2.7 de la presente norma técnica buscan reconocer la labor del auxiliar de educación de manera general y también en la modalidad a la que postula, ya que está acreditando formación académica y experiencia al mismo tiempo, y para ambos casos se dimensiona la experiencia acreditada.
TERCERO. – Recuerde solo está permitida la postulación a una UGEL el comité considera al postulante en la primera postulación que realizó.
Asimismo recordar que la presentación de reclamos es a través de mesa de partes virtual de UGEL Sullana según cronograma establecido dia 03 y 04 de febrero.


