Reasignación Docente

Comunicado
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Comunicado N°288-2025

Fotos: Comisión de Reasignación Docente

Comisión de Reasignación Docente

20 de junio de 2025 - 5:52 p. m.

La Unidad de Gestión Educativa Local Sullana, a través del Comité del Proceso de Reasignación Docente 2025 da a conocer a los interesados que según RDR N.º 007971-2025, se aprueba el CRONOGRAMA REGIONAL para el PROCESO DE REASIGNACIÓN DOCENTE por las causales de interés personal y unidad familiar para el periodo 2025, en el marco de la Ley N.º 29944-Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, de acuerdo al siguiente detalle:
Según la R.V.M. N.º 054-2025-MINEDU, el numeral 7.3.2 estipula los siguientes requisitos:

CAUSAL:

a) INTERÉS PERSONAL: El profesor para reasignarse por esta causal debe

acreditar mínimo tres (03) años de servicios oficiales efectivos.

- Si es de otra región , adjuntar el informe escalafonario para reasignación con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días calendarios.

- Presentar el ANEXO 02, debidamente llenado con firma y huella dactilar por parte del postulante.

b) UNIDAD FAMILIAR: El profesor para reasignarse por esta causal debe acreditar mínimo un (01) año de servicios oficiales efectivos.

- Si es de otra región , adjuntar el informe escalafonario para reasignación con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días calendarios.

- Presentar el ANEXO 02, debidamente llenado con firma y huella dactilar por parte del postulante.

Documento que acrediten las relaciones de parentesco:

i) Acta de matrimonio en caso de cónyuge.

ii) Resolución judicial en caso de concubinato.

iii) Escritura pública de reconocimiento de unión de hecho.

iv) Copia del acta de nacimiento o DNI del hijo menor de edad.
v) Para el cado de los hijos mayores de edad con discapacidad adjuntar copia del acta de nacimiento o DNI del hijo; adicionalmente copia simple del certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificadores registrados de las Instituciones Prestadoras de Servicios IPRESS públicas

privadas y mixtas a novel nacional, o por las Brigadas Itinerantes Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud ; o en su defecto, la Resolución de Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).

vi) Para padres mayores de 60 años de edad , presentar copia del acta de nacimiento del profesor postulante al proceso de reasignación.
vii) Para padres menores de 60 años de edad con discapacidad adjuntar copia del acta de nacimiento del profesor postulante al proceso de reasignación; adicionalmente , copia simple del certificado de discapacidad otorgados por los médicos certificadores registrados de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud -IPRESS públicas. Privadas y mixtas a nivel nacional, o por las Brigadas Itinerantes Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud ; o en su defecto, la Resolución de Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
e) Declaración Jurada suscrita por el familiar directo que reside en la jurisdicción de la entidad de destino en donde solicitará la reasignación. En caso, se acredite el vínculo con mejores de edad o mayores de edad con discapacidad la Declaración Jurada domiciliaria deberá estar inscrita con su representante legal.

Precisiones:

1.- El postulante debe presentar el expediente con la información nítida y legible por MESA DE PARTES VIRTUAL de UGEL SULLANA, a partir del 20.06.2025 al 26.06.2025 en el horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

2.- El postulante debe indicar en su solicitud la causal y etapa a la que se está presentando.

3.- Es responsabilidad del postulante verificar que informe escalafonario, esté actualizado.
4.- El expediente a presentar debe contener:

- FUT.

- Copia de DNI nítida.

-Informe Escalafonario (Obligatorio si el postulantes es de otra región con una fecha de expedición no mayor a sesenta (60) días).

-Anexos según la causal a la que postula.