Licencia por motivos particulares. (sin goce de remuneraciones) (ARH - EAP)

Ficha

4 de setiembre de 2024

El(a) auxiliar de educación nombrado puede solicitar licencia sin goce de remuneraciones para atender asuntos particulares hasta por dos (2) años continuos o discontinuos en un período de cinco (5) años, conforme a la siguiente regla:
i. Para el auxiliar de educación nombrado(a) antes de la vigencia de la LRM, se contabiliza desde el 26.11.2012; y, a la fecha nos encontramos en el tercer periodo, que inició el 26.11.2022 y culmina el 25.11.2027 y así sucesivamente.
ii. Para el auxiliar de educación nombrado(a) a partir del 26.11.2012, se contabiliza a partir de la fecha de su nombramiento y así sucesivamente.
NOTA: El(a) auxiliar de educación debe contar con más de 1 año de servicios oficiales y remunerados en condición de nombrado.


Para ingresar la solicitud, deberá acceder a:
https://enlinea.minedu.gob.pe/

Esta publicación pertenece al compendio Tramites y requisitos del Área de Recursos Humanos (ARH)

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Licencia por motivos particulares. (sin goce de remuneraciones)

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