Licencia por fallecimiento de padres, cónyuge o hijos. – Auxiliar de Educación (con goce de remuneraciones) (ARH - EAP)

Ficha

4 de setiembre de 2024

El(a) auxiliar de educación nombrado(a) y contratado(a) tiene derecho a una licencia con goce de remuneraciones correspondiente a ocho (8) días calendario por el deceso de padres, cónyuge o hijos, cuando se produjera en la provincia donde presta servicios. En caso el deceso o sepelio se produjera en una provincia distinta al de su centro de trabajo, la licencia es por quince (15) días calendario. NOTA: La licencia se contabiliza al día siguiente del fallecimiento


Para ingresar la solicitud, deberá acceder a:
https://enlinea.minedu.gob.pe/

Esta publicación pertenece al compendio Tramites y requisitos del Área de Recursos Humanos (ARH)

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Licencia por fallecimiento de padres, cónyuge o hijos. – Auxiliar de Educación (con goce de remuneraciones)

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