Oficio Circular Nº599-2023-GRM-DRE-MOQUEGUA/UGEL"MN"/AGP-EES-CyT

Oficio múltiple

26 de octubre de 2023

De acuerdo con el numeral 48.4 del Reglamento, el cálculo del monto a devolver tendrá como base la fórmula establecida en el anexo III denominado “Fórmula de devolución de la cuota de ingreso” del citado Reglamento.

En ese sentido, se procede a detallar la fórmula de devolución:

Complementariamente, se precisa que para proceder con el cálculo de la devolución de la cuota de ingreso es imprescindible conocer el número de grados que le faltaban completar al estudiante para culminar su formación al momento del pago de la cuota de ingreso (NGEBR), el número de grados que le faltan cursar al estudiante para finalizar su formación, al momento de solicitar la devolución de la cuota de ingreso (NGF), así como, de ser el caso, la deuda pendiente por parte del usuario del servicio educativo a la IE privada (DA).
 
En atención a ello, el Ministerio de Educación ha dispuesto en el portal “Identicole” de un “Simulador” que facilitará el cálculo del monto de la devolución de la cuota de ingreso de colegios privados, el mismo que consta en el siguiente link

Documentos

Vista preliminar de documento OC-599-2023-CyT_AT_Devolución cuota ingreso II EE Privadas 1

OC-599-2023-CyT_AT_Devolución cuota ingreso II EE Privadas 1

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