Resolución Directoral N.° 004782-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [515601233 - 2]

17 de diciembre de 2025

DAR CUMPLIMIENTO, a la Resolución Número SEIS (Expediente Judicial N°00646-2024-0-1706-JR-DC-01) de fecha treinta de octubre del dos mil veinticuatro, emitida por el Primer Juzgado Constitucional de Chiclayo, que RESUELVE: REQUIÉRASE a la entidad demandada UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE LAMBAYEQUE, cuya defensa se encuentra a cargo del Procurador Público del Gobierno Regional de Lambayeque, a fin de que en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución Directoral N°002193-2020-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB de fecha 30 de abril del 2020, esto es, CUMPLA con pagar a favor de la demandante Sara Solangge Quevedo Salazar, la suma de DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS DOS SOLES CON 37/100 (S/.16,202.37) por concepto de devengados y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO SOLES CON 90/100 (6,255.90) por concepto de intereses, siendo un total de VEINTIDÓS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO SOLES CON 27/100 (S/.22,458.27) más intereses que serán liquidados en la etapa de ejecución, debiéndose descontar los pagos a cuenta que se hubiesen efectuado, de ser el caso más costos del proceso; bajo apercibimiento de imponer multa en caso de incumplimiento, de conformidad con lo establecido en el art. 27 del Nuevo Código Procesal Constitucional.
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