Resolución Directoral N.° 004277-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [515889252 - 2]
20 de octubre de 2025
DAR CUMPLIMIENTO, a la Resolución Número CUARENTA Y SIETE (Expediente Judicial N°00577-2008-0-1708-JM-CI-01) de fecha trece de junio del dos mil veinticinco, emitida por el Juzgado Civil de Lambayeque, que RESUELVE: 1) IMPROCEDENTE el pedido de dar inicio a la ejecución forzada en la modalidad de Embargo en Forma de Retención formulado por doña ELENA EMPERATRIZ CABREJO TORRES contra la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE LAMBAYEQUE, en atención a los fundamentos expuestos en la acotada resolución. 2) REQUIÉRASE al Procurador Público del Gobierno Regional de Lambayeque y al Director de la UGEL Lambayeque, en el plazo de TRES DÍAS señalen nombre del Funcionario público de la UGEL Lambayeque encargado de ejecutar los pagos de sentencias judiciales firmes, bajo apercibimiento de imponer multa de UNA URP, a fin de ordenar el emplazamiento en su domicilio real disponiéndole cumplir con el pago a favor de la accionante, con el apercibimiento en caso de incumplimiento realizar la denuncia penal, conforme lo prevé el Art. 27 del Nuevo Código procesal Constitucional. Sin perjuicio de que la parte accionante proporcione el nombre de dicho funcionario. 3) CUMPLA LA ASISTENTE JUDICIAL con elaborar una cédula de notificación dirigida al FUNCIONARIO DE LA UGEL LAMBAYEQUE ENCARGADO DE EJECUTAR LOS PAGOS DE SENTENCIAS JUDICIALES, notificándolo en su domicilio laboral de la UGEL LAMBAYEQUE, a fin de que en el plazo de CINCO DÍAS cumpla con pagar a la accionante doña ELENA EMPERATRIZ CABREJO TORRES el monto de S/.29,233.00 soles, bajo apercibimiento de realizar denuncia penal ante el Ministerio Público en su contra, por desobediencia a los mandatos judiciales.
