Resolución Directoral N.° 003732-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [515939399 - 3]

9 de setiembre de 2025

DAR CUMPLIMIENTO, a la Resolución Número DIEZ (Expediente Judicial N°04856-2022-0-1708-JR-LA-01) de fecha trece de setiembre del dos mil veinticuatro, emitida por el Juzgado Civil de Lambayeque, que RESUELVE: CONFIRMAR la Sentencia emitida mediante resolución número CINCO de fecha veintitrés de enero del año dos mil veinticuatro, que declara fundada en parte la pretensión de Indemnización por Responsabilidad Civil Extracontractual, Ordenando que la entidad demandada pague al demandante la suma de Once mil con 00/100 soles (S/.11,000.00) a razón de nueve mil con 00/100 soles (9,000.00) por Lucro Cesante y dos mil con 00/100 soles (S/.2,000.00) por Daño Moral; más intereses legales; asimismo, Declaro Infundado el extremo de la pretensión referida a la Indemnización por Responsabilidad Civil Extracontractual, respecto del Daño Emergente y Daño Punitivo; sin costas ni costos. REFORMAR en el extremo que ordena a la demandada Unidad de Gestión Educativa Local de Lambayeque-UGEL, cumpla con cancelar la indemnización en la suma de DIEZ MIL DOSCIENTOS CON 00/100 SOLES (S/.10,200.00) por concepto de Lucro Cesante en la suma de s/.3,200.00 y Daño Moral: en la suma de S/.7,000.00; con lo demás que contiene; en consecuencia, SE DISPONE se devuelvan los autos de la materia al Juzgado de origen en su oportunidad, debiéndose tener en consideración la disposición legal prevista por el artículo 383 del Código Procesal Civil.
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