Resolución Directoral N.° 003702-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [515785186 - 2]

3 de setiembre de 2025

DAR CUMPLIMIENTO, a la Resolución Número CATORCE (Expediente Judicial N°01415-2023-0-1708-JR-LA-01) de fecha veinte de marzo del año dos mil veinticinco, emitida por el Juzgado de Trabajo de Lambayeque, que RESUELVE: 1°. APROBAR la liquidación practicada por el Departamento de Revisiones y Liquidaciones contenida en el INFORME N°053-2025-DRL-BAMB/PJ de fecha 15 de enero del 2025; en el monto de S/.45,718.53 soles por concepto de devengados y por el monto de S/.24,006.85 soles por concepto de intereses legales, ascendiendo a un MONTO TOTAL: por devengados e intereses legales en la suma de S/.69,725.39 SOLES (SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTICINCO CON 38/100 SOLES). 2.- REQUIÉRASE a la demandada UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE LAMBAYEQUE, para que CUMPLA con PRESUPUESTAR CRONOGRAMAR Y PRIORIZAR el pago a favor de doña ANA MARIA VASQUEZ MAQUEN, conforme al artículo 46° del D.S. N°011-2019-JUS, Ley que modifica la Ley N°27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo, bajo apercibimiento de aplicarse el art. 46.4 del D.S. N°011-2019-JUS "Transcurrido seis meses de la notificación judicial sin haberse iniciado el pago (...) se podrá dar inicio al proceso de ejecución de resoluciones judiciales previsto en el artículo 713 y siguientes del código Procesal Civil", a solicitud de la parte demandante en caso de incumplimiento.
Vista preliminar de documento 3702

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