Resolución Directoral N.° 003327-2025-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB [515536023 - 9]
4 de agosto de 2025
DAR CUMPLIMIENTO, a la Resolución Número CINCO (Expediente Judicial N°00628-2020-0-1708-JR-LA-01) de fecha diez de octubre del dos mil veintidós, emitida por el Juzgado de Trabajo de Lambayeque de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que RESUELVE: DECLARAR FUNDADA EN PARTE la demanda interpuesta por doña MANUELA DIAZ CARRANZA, contra la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE LAMBAYEQUE Y GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LAMBAYEQUE, sobre NULIDAD DE OFICIO N°005360-2019-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB (3382174-1), NOMBRAMIENTO COMO PERSONAL ADMINISTRATIVO - ARTESANO I, RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIOS, ASIGNACIÓN DE NIVEL REMUNERATIVO Y GRUPO OCUPACIONAL, PAGO DE DEVENGADO DE INTERESES LEGALES. En consecuencia: 1. FUNDADO la pretensión de nulidad del Oficio N°005360-2019-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB de fecha 04 de noviembre del 2019; y, ORDENO que la entidad demandada emita nuevo acto administrativo, dentro del plazo de 10 DIAS de notificada con la presente sentencia, disponiendo el nombramiento de la actora en la plaza de artesano, bajo los alcances de la Ley N°30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2019. 2. IMPROCEDENTE la pretensión en el extremo que solicita el reconocimiento de años de servicios prestados como contratada bajo los alcances del artículo 15° del Decreto Legislativo N°276 y la Ley N°24041. 3. IMPROCEDENTE la pretensión en el extremo que solicita se ordene el nivel remunerativo y grupo ocupacional respectivo con el reintegro de los devengados e intereses legales respectivos. 4. EJECUTESE los actuados en el modo y forma de Ley .