Comunicado N° 072-2025 - Proceso de Reasignación Docente 2025

Comunicado
Comunicado N° 072-2025 - Proceso de Reasignación Docente 2025

25 de junio de 2025 - 8:31 a. m.

Fe Erratas sobre la Documentación para la Postulación al Proceso de Reasignación Docente 2025.

Estimados Gerentes Regionales de Educación, Directores Regionales de Educación y Directores de Unidades de Gestión Educativa Local.

En el marco del proceso de reasignación docente 2025 por unidad familiar e interés personal se informa lo siguiente:

1. Sobre el anexo 2: El docente debe consignar como dirección el lugar donde reside dentro de la UGEL de origen. Solo debe marcar las prohibiciones referidas a la reasignación. Si marca opciones de permuta, no será causal de observación. Descarga el instructivo.

2. Sobre el anexo 7: Se presenta un solo Anexo 07, firmado por el familiar directo, según los siguientes casos:

2.1. Cónyuge, concubino o padres mayores de 60 años o padres menores de 60 años con discapacidad: deben residir en la UGEL de destino. Descarga el instructivo.

2.2. Hijos menores o mayores con discapacidad: también deben residir en la UGEL de destino. Si el representante legal es el propio docente, debe consignar su domicilio dentro de la UGEL de origen. Descarga el instructivo.

3. Sobre la presentación de documentos: El docente que haya presentado su expediente podrá, dentro del plazo de inscripción (hasta el 26.06.2025), completar, corregir o añadir documentos o anexos omitidos, siendo válidos los últimos presentados. Los documentos (anexos, informe escalafonario, acreditación de vínculo, u otros) pueden ser copia simple, sujetos a fiscalización posterior.

4. Presentación de carta de propuesta (adjudicación):

4.1. Plazas que pertenece a una IE de convenio (propuesta emitida por el director o promotor de la IE).
4.2. Plazas publicada del área curricular de Educación Religiosa (carta emitida la ODEC), de acuerdo al convenio con la Santa Sede.
4.3. Plazas de otra área curricular que en su carga horaria cuente con horas de Educación Religiosa el postulante deberá presentar la carta emitida la ODEC, de acuerdo al convenio con la Santa Sede.
5. Criterios de desempate: En caso de empate, se aplican los criterios del numeral 7.3.3.4 de la RVM N.° 042-2022-MINEDU. Si persiste, se prioriza al docente con fecha de registro de título más antigua.

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