Oficio Múltiple Nº 237-2025-GRA/GREA-UGELI-JADM
Oficio múltiple
8 de agosto de 2025
Presentación del Inventario Físico de Bienes Muebles Patrimonial 2025.
Señor(a) Director(a) de las II.EE, EBR, CEBE, CEBA Y CETPRO.
Es grato dirigirme a usted, para saludarlo(a) cordialmente en relación a los documentos de la referencia y comunicarle que, la Comisión Titular de Inventarios Físico 2025 de la UGEL ISLAY, de conformidad al artículo 21º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1439, "Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento", Directiva Nº 0006-2021-EF/54.01 "Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento" y, sus modificatorias a la fecha la Comisión se encuentra realizando las acciones administrativas correspondientes para el levantamiento de Inventario Físico de Bienes Patrimoniales con periodicidad anual, con fecha de cierre al 31 de diciembre de 2025.
En ese sentido, es pertinente indicarle que:
Señor(a) Director(a) de las II.EE, EBR, CEBE, CEBA Y CETPRO.
Es grato dirigirme a usted, para saludarlo(a) cordialmente en relación a los documentos de la referencia y comunicarle que, la Comisión Titular de Inventarios Físico 2025 de la UGEL ISLAY, de conformidad al artículo 21º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1439, "Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento", Directiva Nº 0006-2021-EF/54.01 "Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento" y, sus modificatorias a la fecha la Comisión se encuentra realizando las acciones administrativas correspondientes para el levantamiento de Inventario Físico de Bienes Patrimoniales con periodicidad anual, con fecha de cierre al 31 de diciembre de 2025.
En ese sentido, es pertinente indicarle que:
- Conforme al Art. 55 de la Ley Nro. 28044 "LEY GENERAL DE EDUCACION", establece que, "El director es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógicos, institucional y administrativo (..) y, según Reglamento aprobado mediante DECRETO SUPREMO N° 011-2012-ED, en su Artículo 135º , inc f). El Director es responsable de conducir y actualizar el inventario único y control de los bienes del estado, los adquiridos por la propia institución educativa, así como las donaciones recibidas y que sean de uso compartido.
Por lo tanto, las Instituciones Educativas son los responsables: en remitir la información a la UGEL ISLAY, debidamente firmados y visados por el Director, Comisión de Inventario y Encargado de Control Patrimonial de las II.EE, en los formatos que a continuación se detalla:
- Copia ORIGINAL de la Resolución Directora! Institucional de conformación de comisión de inventario 2025.
- Plan de Trabajo.
- Cronograma de Actividades.
- Copia del Acta de Instalación.
Información que, hará llegar a la UGEL ISLAY-OFICINA DE ADMINISTRACION-CONTROL PATRIMONIAL en un plazo no mayor de 10 días hábiles a partir de la recepción del presente documento vía email y publicación en la pagina web de la UGEL ISLAY.