Oficio Múltiple N° 160-2024-GRA/GREA-UGELI-D
Oficio múltiple
20 de mayo de 2024
Registro de la ficha única de matrícula (FUM) en Instituciones Educativas
Es grato dirigirme a usted para saludarlo cordialmente; y, a su vez, recordarle que las Instituciones Educativas públicas y privadas de educación básica deben registrar la información de la Ficha Única de Matrícula (FUM) en el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE) como máximo en la primera semana de iniciadas las clases, de acuerdo con lo establecido en el marco normativo aplicable, indicado en la referencia.
Es importante que, se adopten las acciones correspondientes para que las instituciones educativas garanticen el registro oportuno de la información de la FUM de todos los estudiantes en el proceso de Matrícula. Estos esfuerzos permitirán seguir contribuyendo con el cierre de brechas de información para la adecuada gestión escolar en el país.
Es grato dirigirme a usted para saludarlo cordialmente; y, a su vez, recordarle que las Instituciones Educativas públicas y privadas de educación básica deben registrar la información de la Ficha Única de Matrícula (FUM) en el Sistema de Información de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE) como máximo en la primera semana de iniciadas las clases, de acuerdo con lo establecido en el marco normativo aplicable, indicado en la referencia.
Es importante que, se adopten las acciones correspondientes para que las instituciones educativas garanticen el registro oportuno de la información de la FUM de todos los estudiantes en el proceso de Matrícula. Estos esfuerzos permitirán seguir contribuyendo con el cierre de brechas de información para la adecuada gestión escolar en el país.