Resolución Directoral N.° 1933 - 2022
1 de agosto de 2022
SE RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la administrada Carmen Nori NEIRA HUAMÁN, mediante la cual peticiona subsidio por incapacidad temporal para el trabajo por maternidad, Incumpliendo así el requisito previsto en el inciso b) del artículo 6° del Reglamento de Pago de prestaciones económicas, esto es, no tuvo vinculo laboral a la fecha de la contingencia, y en conformidad a lo ya resuelto por la Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas Piura OSPEPIURA, en su Resolución N° 205-OSPE PIURA-CCSPE, asimismo se encuentra fuera del plazo para requerir dicho subsidio.
ARTICULO 1º.- DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la administrada Carmen Nori NEIRA HUAMÁN, mediante la cual peticiona subsidio por incapacidad temporal para el trabajo por maternidad, Incumpliendo así el requisito previsto en el inciso b) del artículo 6° del Reglamento de Pago de prestaciones económicas, esto es, no tuvo vinculo laboral a la fecha de la contingencia, y en conformidad a lo ya resuelto por la Oficina de Seguros y Prestaciones Económicas Piura OSPEPIURA, en su Resolución N° 205-OSPE PIURA-CCSPE, asimismo se encuentra fuera del plazo para requerir dicho subsidio.