Resolución Directoral N.° 0017-2025-GR-CAJ-UGEL/CH

13 de enero de 2025

ARTÍCULO PRIMERO. - DISPONER, LA APERTURA DE PROCESO ADMINISTRATIVODISCIPLINARIO CONTRA HUMBERTO TELLO GUEVARA, con DNI No 27268058, ya que habríarealizado la presunta falta de REINCIDENCIA EN ABANDONO DE CARGO durante los días 1 4 51 1 , 6, 7, 8, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22; 25, 26 y 27 del mes de marzo del año 2024. Asítambién habría realizado la m isma acción de inasistencia a su centro de labores los días 1 2 31 1 I4, 7, 9, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 del mes de octubre del año2024, no contando en la Oficina respectiva con ninguna licencias ni documento alguno parapoder justificar sus faltas; con este comportamiento se habría transgredido presuntamente losdeberes consagrados en el articulo 40.- Deberes Los profesores deben: (. .. ) e) Cumplir con laasistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo ( ... l". Del mismomodo, Artículo 49.- Destitución Son causales de destitución, la transgresión por acción u omisiónde los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente,considerado como muy grave. También se consideran faltas o infracciones muy graves, pasiblesde destitución, las siguientes: (. .. ) i) Incurrir en reincidencia la inasistencia injustificada al centrode trabajo por más de tres (3) días consecutivos o cinco (5) discontinuos en un período de dos {2}

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Directorales - 2025

Vista preliminar de documento RD N° 17-2025

RD N° 17-2025

PDF
3.9 MB