Resolución Directoral N.° 007753-2024-GR.LAMB/GRED-UGEL.CHIC

4 de diciembre de 2024

DAR CUMPLIMIENTO, a la sentencia judicial contenida en la Resolución NÚMERO NUEVE de fecha 12 de enero del 2023, mediante la cual los jueces de la Tercera Sala Laboral DECIDIERON: REVOCAR la sentencia contenida en la resolución número SEIS de fecha 26 de octubre de 2022, que declaró INFUNDADA la demanda interpuesta por JOSÉ EUGENIO CELIS SUPO, contra la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE CHICLAYO, GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN DE LAMBAYEQUE, y el Procurador Público del Gobierno Regional de Lambayeque, respecto al reajuste de la bonificación personal, diferencial de acuerdo a la remuneración básica dispuesta por el D.U. N° 105-2001, así como la compensación vacacional, de acuerdo a la remuneración básica a partir de enero del 2002; REFORMÁNDOLA: Declararon FUNDADOS, dichos extremos; SE ORDENA: Que, la demandada expida nueva resolución reconociendo el derecho del actor de percibir en forma permanente, la Bonificación Personal, y por Zona Diferenciada partir de septiembre del 2001, y la compensación vacacional conforme se ha precisado en la presente resolución, lo que será liquidado en ejecución de la sentencia, con el pago de los devengados e intereses legales respectivos. CONFIRMARON la sentencia, en el extremo que declara INFUNDADA la demanda respecto al reajuste en las Bonificaciones Especiales contenidas en los D.U. N°s. 090-96; 073-97, y 011-99, de acuerdo al D.U. N° 105-2001
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