Precisiones sobre las labores de profesores y auxiliares de educación durante las vacaciones escolares de medio año.
Memorando Múltiple
16 de julio de 2024
Me dirijo a usted para expresarle mi cordial saludo y comunicarle que, de acuerdo al documento en referencia, el Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Desarrollo Docente, brinda precisiones sobre las labores de profesores y auxiliares de educación durante las vacaciones escolares de medio año, de la siguiente manera: La regla general para el trabajo de los auxiliares de educación y profesores que laboran en el área de gestión pedagógica, es que durante las vacaciones de medio año de los estudiantes, realicen sus actividades sin necesidad de asistir a la institución educativa.
Excepcionalmente, el director de la IE como la máxima autoridad y representante legal de la Institución Educativa, la Unidad de Gestión Educativa Local, Dirección Regional de Educación y Ministerio de Educación, pueden programar actividades que requieran la asistencia (de forma presencial) de los profesores o auxiliares de educación durante las vacaciones escolares de medio año; en cuyo caso deben asistir de manera obligatoria.
Excepcionalmente, el director de la IE como la máxima autoridad y representante legal de la Institución Educativa, la Unidad de Gestión Educativa Local, Dirección Regional de Educación y Ministerio de Educación, pueden programar actividades que requieran la asistencia (de forma presencial) de los profesores o auxiliares de educación durante las vacaciones escolares de medio año; en cuyo caso deben asistir de manera obligatoria.