Apoyo al personal directivo para acceso a formulario virtual de supervisión virtual

Archivo

2 de diciembre de 2023

Es grato dirigirme a usted para saludarlo/a cordialmente, y al mismo tiempo, comunicarle que se concluirá, el día jueves 30 de noviembre a las 5 p.m., la primera fase de la supervisión virtual de la Defensoría del Pueblo, dirigida a instituciones educativas públicas de nivel primaria y de tipo polidocente completa, y el inicio de una segunda fase, durante el mes de diciembre de 2023.
Nuestra institución considera importante contar en el tiempo más breve con las evidencias cuantitativas y cualitativas que sustenten las recomendaciones que realizaremos con el fin de contribuir con la mejora de las políticas públicas y su proceso de implementación en las instituciones educativas a favor de los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes.
Es por ello, que resulta fundamental brindar la oportunidad a todos los directores y directoras de las escuelas focalizadas para que registren la información requerida en la ficha de supervisión virtual, toda vez que, la misma comprende temas sensibles para la niñez, tales como, continuidad educativa, estado de salud, acceso al programa de alimentación Qali Warma, y, protección a su integridad y vida libre de violencia.
En tal sentido, a partir del 1 de diciembre del presente año, se mantendrá accesible el ingreso al formulario de supervisión de la Defensoría del Pueblo, denominado sistema “Gestión Escolar”, mediante el mismo enlace: https://apps.defensoria.gob.pe/GestionEscolar/.
Asimismo, la información que se registrará para acceder seguirá siendo el usuario (código modular del servicio de nivel primaria) y la contraseña (código de local de la institución educativa).
En consideración a ello, le agradeceremos que la Unidad de Gestión Educativa Local a su cargo, facilite el uso de sus instalaciones y equipos informáticos para que procedan al registro de la información que contiene la ficha de supervisión virtual. En consecuencia, le exhorto a que comunique a los directores y directoras de las II.EE. públicas mencionadas, que hasta el 30 de noviembre a las 5 p.m. no registraron la información solicitada, lo hagan en esta segunda y última fase que comprenderá el mes de diciembre de 2023.
Permítame, en esta ocasión, reiterarle la importancia de cumplir con su deber constitucional de cooperación para con las funciones de la Defensoría del Pueblo, reconocido en el artículo 16 de la Ley Nº 26520.
Con la seguridad de su gentil atención y a la espera de su pronta respuesta, aprovecho la oportunidad para renovarle las muestras de mi consideración y estima personal.
Vista preliminar de documento Oficio N°1915-2023-DPOD-CUSCO vp

Oficio N°1915-2023-DPOD-CUSCO vp

PDF
194.3 KB