Comunicado 73
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31 de julio de 2025
PARA LOS DOCENTES OMISOS A LA PRESENTACIÓN DEL LEGAJO PERSONAL PRESENTACIÓN DEL LEGAJO PERSONAL
Se comunica de manera URGENTE a los DOCENTES NOMBRADOS del ámbito de la UGEL Canas que ingresaron a la Carrera Pública Magisterial a partir del 01 de marzo del 2025 y que no cumplieron con la presentación de su Legajo Personal, lo siguiente:
Base Legal:
PRESENTACIÓN DE LEGAJO PERSONAL SEGÚN LEY N° 29944 “LEY DE REFORMA MAGISTERIAL”
Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial, Art. 14, donde indica que los profesores tienen la obligación de entregar la documentación e información. Ø D.S. N° 004-2013-ED “Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”, numeral 32.1 señala: El escalafón Magisterial es un registro administrativo de alcance nacional donde se documenta el record o la trayectoria laboral y profesional del profesor al servicio del Estado, para facilitar sus procesos de evaluación, reconocimiento de méritos y beneficios
RVM N° 112-2023-MINEDU “Disposiciones que regulan los procedimientos técnicos del Escalafón Magisterial”
Ley N° 27444-LPAG, 1.16. Principio de privilegio de controles posteriores.
Se comunica de manera URGENTE a los DOCENTES NOMBRADOS del ámbito de la UGEL Canas que ingresaron a la Carrera Pública Magisterial a partir del 01 de marzo del 2025 y que no cumplieron con la presentación de su Legajo Personal, lo siguiente:
Base Legal:
PRESENTACIÓN DE LEGAJO PERSONAL SEGÚN LEY N° 29944 “LEY DE REFORMA MAGISTERIAL”
Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial, Art. 14, donde indica que los profesores tienen la obligación de entregar la documentación e información. Ø D.S. N° 004-2013-ED “Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”, numeral 32.1 señala: El escalafón Magisterial es un registro administrativo de alcance nacional donde se documenta el record o la trayectoria laboral y profesional del profesor al servicio del Estado, para facilitar sus procesos de evaluación, reconocimiento de méritos y beneficios
RVM N° 112-2023-MINEDU “Disposiciones que regulan los procedimientos técnicos del Escalafón Magisterial”
Ley N° 27444-LPAG, 1.16. Principio de privilegio de controles posteriores.
IMPORTANTE:
Los documentos requeridos son con la finalidad de contar con información sistematizada, actualizada y confiable del profesor en actividad, motivo por el cual los docentes nombrados tienen la obligación de presentar mediante Mesa de Partes de la UGEL Canas, sus documentos en físico de manera clara, legible y debidamente fedatados para su posterior registro y digitalización en el Sistema Informático de Escalafón Nacional del MINEDU, teniendo como fecha límite el viernes 15 de agosto del presente año.
NOTA:
En caso de incumplimiento, será de entera responsabilidad del docente nombrado, además se efectuará el informe a la Oficia de Personal, para la aplicación de la normativa vigente.
Yanaoca, 31 JULIO DEL 2025