Resolución N.° 2478-2025

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

6 de noviembre de 2025

DAR CUMPLIMIENTO al Mandato Judicial Ordenado en la Sentencia N° 167-2022, Contenida en la Resolución Número seis, de fecha 31 de Agosto de 2022, Emitido por el Juzgado Civil de Cajabamba, Recaída en el Expediente N°00019-2021-0-0602-JR-CI-01 que Resolvió DECLARAR FUNDADA la Demanda Postulada por JESÚS EDUARDO ALFARO PAREDES, contra UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE CAJABAMBA, DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE CAJAMARCA Y PROCURADURÍA PÚBLICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA, sobre PROCESO CONSTITUCIONAL DE CUMPLIMIENTO; en Consecuencia, ORDENO a la Demandada, Cumpla con los Pagos Dispuestos en la Resolución de Dirección Sub Regional Sectorial N° 1531-97-RENOM-ED-CAJ de fecha 03 de Julio de 1997, Resolución Directoral Regional N° 2238-2002-ED-CAJ de fecha 05 de Julio de 2002, Resolución Directoral N° 0522-2010-GR-CAJ-DRE/UGEL-CAJB de fecha 15 de Diciembre de 2010 y Resolución Directoral N° 747-2012-GR.CAJ.DRE/UGEL-CAJB de fecha 10 de Agosto de 2012; BAJO APERCIBIMIENTO de Procederse a la Ejecución Forzada Conforme a la Norma Procesal Constitucional y/o Norma Procesal Civil; SIN COSTAS Y CON COSTOS.
Vista preliminar de documento RDU N°2478-2025 JESUS EDUARDO ALFARO PAREDES EXP JUD 00019-2021[R]

RDU N°2478-2025 JESUS EDUARDO ALFARO PAREDES EXP JUD 00019-2021[R]

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