Recomendaciones sobre el cumplimiento de las horas lectivas en las II.EE., respecto de actividades programadas que no forman parte de la PROGRAMACIÓN CURRICULAR INTERRUMPIENDO EL SERVICIO EDUCATIVO
Oficio múltiple
23 de setiembre de 2024
De conformidad con la Resolución Ministerial N° 587-2023-MINEDU, que aprueba los “Lineamientos para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la Educación Básica para el año 2024”; establece que, las IIEE y programas educativos deben garantizar el cumplimiento de las horas lectivas a través de actividades de enseñanza y aprendizaje con los estudiantes. Debiendo cumplirse como mínimo la cantidad de horas señaladas en la Tabla N° 1