Fe de Erratas

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5 de marzo de 2024


El Comité de Contratación Docente 2024, en mérito a la “Norma que regula el procedimiento para las contrataciones de profesores y su renovación en el marco del contrato de servicio docente en educación básica y técnico productiva, a que hace referencia la Ley N° 30328, ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, aprobado por el DS N° 0020-2023-MINEDU”, en el numeral 24.9 indica:

24.9. Si dos o más postulantes obtienen el mismo puntaje final, el Comité deberá considerar de manera excluyente y en orden de prelación, los puntajes obtenidos en:
a) Formación Académica Profesional
b) Experiencia Laboral
c) Formación continua
d) Antigüedad de fecha de expedición del título
 
En ese sentido el cuadro de méritos queda de la siguiente manera:

Esta publicación pertenece a los compendios COMISION CONTRATO DOCENTE, COMUNICADOS

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