Sobre la jornada laboral del personal administrativo del DL N° 276 de los CEBA en la jurisdicción de la UGEL 03

Oficio múltiple

21 de febrero de 2025

Se hace de conocimiento que mediante Decreto Legislativo N° 800, el estado de gobierno, promulgo el Horario de Atención y Jornada diaria en la Administración Publica, estableciendo la jornada laboral diaria en las entidades del sector público en 7 horas y 45 minutos, el mencionado dispositivo, en los meses de enero a diciembre y de lunes a viernes, no pudiendo extenderse, asimismo, cada entidad, de manera objetiva, fija su horario observando la necesidad de la institución educativa para el correcto su funcionamiento, en ese sentido, son los directores de las instituciones educativas quienes tienen el deber de implementar un horario (ingreso/salida) establecido para el personal administrativo del D.Leg. 276.

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