Proceso de Contratación de Personal Administrativo del Régimen Laboral del Decreto Legislativo 276

Oficio múltiple

30 de enero de 2024

Se informa a los directores de las II. EE. que, en aplicación a la RVM de la referencia, en cuyo literal a) del numeral 5.2.2.6 se señala que en plazas consideradas en el proceso de contratación que hayan quedado desiertas y, para el caso de las plazas generadas con posterioridad al proceso de contratación (vacantes por baja definitiva u ocupadas con baja temporal del titular) el Comité de Contratación deberá convocar y ejecutar un nuevo proceso de contratación. En ese sentido, al existir a la fecha plazas de personal administrativo que deben ser cubiertas, al haberse generado la plaza vacante (NEXUS y AIRHSP), se hace necesario su contratación, previa calificación del respectivo Comité de Contratación reconocido mediante resolución directoral por la UGEL 03.

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