Resolución Gerencial N.° 419-2014
10 de diciembre de 2014
APROBAR, el Adicional de Obra N° 02 por un monto ascendente a S/.13,334.79 (Trece mil trescientos treinta y cuatro con 79/100 nuevos soles) incluido IGV, el cual representa el 1.94 % del monto del contrato original, y el Deductivo Vinculante N° 02 por el monto de S/12,507.32 (Doce mil quinientos siete con 32/100 nuevos soles) incluido IGV, el cual representa el 1.82 % del monto del contrato original para ejecución de la obra: “Instalación del servicio de energía eléctrica en el AA.HH. Puente Tabla, distrito de Cerro Azul, provincia de Cañete - Lima”, de cuyo cálculo se obtiene un adicional de obra resultante de S/.827.47 (Ochocientos veintisiete con 47/100 nuevos soles) que representa una incidencia del 0.12 % del monto del contrato original conforme a los argumentos vertidos en la parte considerativa de la presente Resolución.