Constitucionalista argentino Jorge Alejandro Amaya es entrevistado en Coloquios Constitucionales del CEC

Nota de prensa
Detall贸 que hist贸ricamente el juicio pol铆tico ha sido una facultad que habitualmente se deposita en los poderes legislativos, como control inter 贸rganos, en el sistema de pesos y contrapesos.

Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

16 de mayo de 2024 - 4:32 p. m.

En una nueva edici贸n de 饾棖饾椉饾椆饾椉饾椌饾槀饾椂饾椉饾榾 饾棖饾椉饾椈饾榾饾榿饾椂饾榿饾槀饾棸饾椂饾椉饾椈饾棶饾椆饾棽饾榾, espacio acad茅mico del Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del Tribunal Constitucional (TC), se comparte la entrevista realizada por Orlando Curaca Kong, director de publicaciones y documentaci贸n del CEC, al destacado constitucionalista argentino, doctor Jorge Alejandro Amaya, profesor de la facultad de derecho en la Universidad de Buenos Aires, quien aborda distintos aspectos del juicio pol铆tico en Am茅rica Latina y realiza un an谩lisis comparativo entre las realidades argentina y peruana, adem谩s de compartir sus ideas en torno al control de constitucionalidad.
Indic贸 que el t茅rmino juicio pol铆tico genera una confrontaci贸n, porque juicio hace referencia a una actividad jurisdiccional, y el concepto de pol铆tico, a una actividad m谩s vinculada con el concepto de oportunidad, a m茅rito y discrecionalidad de los poderes pol铆ticos.
Detall贸 que hist贸ricamente el juicio pol铆tico ha sido una facultad que habitualmente se deposita en los poderes legislativos, como control inter 贸rganos, en el sistema de pesos y contrapesos de la divisi贸n de poderes, para controlar habitualmente, por parte del Poder Legislativo a funcionarios del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial, el desarrollo del derecho, y la progresiva judicializaci贸n, que se ha hecho, y la juridicidad, que genera mucho debate en la doctrina y en la jurisprudencia.

Destac贸 que el procedimiento del juicio pol铆tico en Argentina es bastante diferente al procedimiento del juicio pol铆tico en el Per煤. Dijo que en el Per煤 es un doble procedimiento, un juicio por un lado y un juicio pol铆tico por el otro, a partir de la reforma de la Constituci贸n Pol铆tica de 1993, siendo m谩s complejo que el sistema argentino.

Jorge Alejandro Amaya dijo que el modelo argentino, junto al paraguayo es el m谩s parecido al modelo norteamericano, y es propio de los sistemas bicamerales, donde la C谩mara de Diputados es la que acusa y el Senado es el que act煤a como tribunal.

Ingrese al siguiente enlace para ver la entrevista: https://cec.sedetc.gob.pe/#/detalleEvento/455



Lima, 16 de mayo de 2024



Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional