El Tribunal Constitucional tiene una función pacificadora y orientadora afirma el magistrado Helder Domínguez Haro

Nota de prensa
Así lo dio a conocer en el taller N° 12, en el marco del XIV Congreso Nacional de Derecho Constitucional, que se realiza en Arequipa.
El Tribunal Constitucional tiene una función pacificadora y orientadora afirma el magistrado Helder Domínguez Haro
Así lo dio a conocer en el taller N° 12. Crisis Constitucional Contemporánea, desarrollado en el paraninfo de Medicina de la Universidad Católica de Santa María, en el marco del XIV Congreso Nacional de Derecho Constitucional, que se realiza en Arequipa.

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

3 de noviembre de 2023 - 8:30 p. m.

Arequipa (Especial).- El Tribunal Constitucional (TC) es el órgano encargado del control de la Constitución y del control de la constitucionalidad, afirmó el magistrado Helder Domínguez Haro, quien enfatizó que esta institución desarrolla una función pacificadora, orientadora y de integración social en aras de cumplir con los fines esenciales de los procesos constitucionales basados en la independencia. A los 30 años de la Constitución de 1993, el Tribunal Constitucional a través de su jurisprudencia e interpretación ha contribuido con la formación de la democracia constitucional.

Así lo dio a conocer en el taller N° 12. Crisis Constitucional Contemporánea, desarrollado en el paraninfo de Medicina de la Universidad Católica de Santa María, en el marco del XIV Congreso Nacional de Derecho Constitucional, que se realiza en Arequipa.

Destacó que en estas tres décadas el TC ha interpretado la Constitución buscando el sentido de la norma, la voluntad del constituyente y asignando un sentido a la norma constitucional, conforme con el Texto Constitucional. El balance ha sido positivo en cuanto a la jurisprudencia del máximo intérprete de la Constitución, acotando varios ejemplos al respecto.

Finalmente, dijo que los jueces constitucionales deben reconocer sus propios límites, es decir, respetar el diseño constitucional o modelo de la Constitución de 1993, y si no se está de acuerdo, existen los procedimientos válidos de reforma, cambio o enmienda constitucional.

Arequipa, 3 de noviembre de 2023

Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional