Presidente del TC Francisco Morales señaló que el 30 % de la carga procesal corresponde a temas de pensiones
Nota de prensaExplicó que entre los casos que llegaron, figura el referido al régimen del Decreto Ley 20530, conocida como la ley espejo, donde se pretendía dar unas pensiones muy altas, casi similar a los sueldos

Fotos: Oficina de Imagen Institucional
13 de julio de 2023 - 5:15 p. m.
En los últimos diez años, el promedio de casos que llegan al Tribunal Constitucional (TC) sobre pensiones en sus diversos regímenes, representa el 30 % de la carga procesal, señaló el presidente de la institución, magistrado Francisco Morales Saravia. Fue durante su exposición en el II Seminario Internacional “Perspectivas y retos de los sistemas de pensiones”, organizado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Explicó que entre los casos que llegaron, figura el referido al régimen del Decreto Ley 20530, conocida como la ley espejo, donde se pretendía dar unas pensiones muy altas, casi similar a los sueldos vigentes. Dijo que en el 2005 este régimen fue modificado constitucionalmente para cerrarlo y el TC consideró que esa reforma era constitucional.
Respecto al régimen de pensiones 19990, el TC resolvió muchos casos, entre los más relevantes figura el caso Anicama, donde se configuró y definió cómo se debía concebir el derecho constitucional a la pensión.
Morales agregó que el TC uniformizó las pensiones de viudez, porque cuando enviudaba la mujer, accedía a la pensión del marido fallecido, pero cuando fallecía la mujer, el varón no podía acceder tan fácilmente a la pensión. Ahora ya se equiparó esa condición y tanto viudos y viudas pueden acceder a una pensión.
Otro de los casos resueltos fue el de un jubilado que ingresó a trabajar para el Estado y se le suspendió la pensión y solo cobraba su sueldo. El TC señaló que eso vulneraba el derecho a la igualdad, porque en un régimen militar policial no sucedía lo mismo, pues un policía o militar retirado, podía recibir su pensión y ganar otro salario y por lo tanto se eliminó esta inequidad.
El presidente del TC recordó que en pandemia cuando se permitieron los retiros de las AFPs, salió una ley para que también se permita el retiro de los fondos del Sistema Nacional de Pensiones y en esa oportunidad se declaró inconstitucional esa ley. Igualmente, se pronunció a favor de la desafiliación al Sistema Privado de Pensiones y convalidó el retiro parcial de los fondos de la AFP durante la pandemia.
Agregó que la gran reflexión que se debe hacer en este seminario es pensar qué modelo de sistema se debe usar y qué fórmulas de gestión, financieras y cuál es la intervención del Estado, porque “pretender dejar a las personas solas con sus ahorros individuales y puedan mantenerse en la edad de los adultos mayores, es complicado, no es tan realista”.
Dijo que en una sentencia el TC exhortó al Congreso y Poder Ejecutivo para que se reúnan y se diseñe un sistema, que recoja lo mejor del sistema público y mantener las bondades del sistema privado.
Lima, 13 de julio de 2023
Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional