Solo procede devolución de aportes si asociado renuncia a la Derrama Magisterial

Nota de prensa
Así lo estableció el Pleno, en la sentencia 546/2021, recaída en el Exp. N° 00504-2021-PA/TC, que declara fundada en parte la demanda de amparo presentada por Harry Aquiles Huarcaya Coello.

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23 de agosto de 2021 - 12:05 p. m.

El Tribunal Constitucional (TC) estableció que procede la devolución de aportes a partir del momento en que el asociado dejó constancia expresa de su decisión de no querer ser parte de la Derrama Magisterial.

Así lo estableció el Pleno, en la sentencia 546/2021, recaída en el Exp. N° 00504-2021-PA/TC, que declara fundada en parte la demanda de amparo presentada por Harry Aquiles Huarcaya Coello, quien estaba asociado desde el año 2007 a la Derrama Magisterial, correspondiéndole la devolución de sus aportes desde el 11 de setiembre de 2018, en que manifiesta su voluntad de dejar de pertenecer a la entidad.

Asimismo, declaró improcedente respecto a los intereses y utilidades solicitado por el demandante.

Previamente, Aquiles había interpuesto un recurso de agravio constitucional contra la Sala Superior Mixta y Liquidadora Penal de Moyobamba de la Corte Superior de Justicia de San Martín, que declaró improcedente la demanda en los extremos referidos a la devolución de aportes a la Derrama Magisterial y al pago de intereses legales y utilidades.

Lima, 23 de agosto de 2021