Admiten demanda de ciudadano que exige rectificación de información en base de datos de la PNP

Nota de prensa
Toda persona puede acudir al proceso de hábeas data para conocer, actualizar, incluir y suprimir o rectificar la información o datos referidos a su persona.

Fotos: Mininter

Oficina de Imagen Institucional

5 de agosto de 2021 - 12:05 p. m.

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó admitir a trámite la demanda de hábeas data del ciudadano Edson César Flores Valencia contra el Sistema de Registro y Control de Denuncias Policiales (SIDPOL) por una información inexacta que consigna su nombre en una intervención policial. Además, declara nulas las resoluciones judiciales que declararon improcedente la demanda.

El caso figura en el Expediente N° 01891-2020-PA/TC, donde Flores Valencia solicitó a SIDPOL en setiembre de 2018, mediante un proceso administrativo, que se anule su nombre de ese sistema, que por error involuntario de un suboficial figuraba en la base de datos de la Policía Nacional como intervenido policialmente en agosto de 2016, situación que el policía rectificó en abril de 2018 debido a que el recurrente nunca fue intervenido.

Pese a ello, un dictamen de la policía de mayo de 2018 denegó el pedido, por lo que Flores acudió al Poder Judicial de Arequipa, sin embargo, en ambas instancias declararon improcedente su demanda.

Para el TC está en discusión la autodeterminación informativa, donde toda persona puede acudir al proceso de hábeas data para conocer, actualizar, incluir y suprimir o rectificar la información o datos referidos a su persona que se encuentren almacenados o registrados en forma manual, mecánica o informática, en archivos, bancos de datos o registros de entidades públicas o de instituciones privadas que brinden servicio o acceso a terceros. Asimismo, a hacer suprimir o impedir que se suministren datos o informaciones de carácter sensible o privado que afecten derechos constitucionales.

Lima, 5 de agosto de 2021