TC ordena a hospital vía proceso de cumplimiento pagar la CTS a trabajador cesado

Nota de prensa
El nosocomio no cumplió con pagar la CTS, argumentando que carece de disponibilidad presupuestaria.

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

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28 de abril de 2021 - 12:48 p. m.

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó al hospital regional Eleazar Guzmán Barrón de la provincia del Santa en Ancash, cumplir con pagar la liquidación de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) del extrabajador César Augusto Paredes Macedo.

En la sentencia que declara fundada la demanda de cumplimiento (Exp. N° 02779-2019-PC/TC) se explica que el ex servidor por motivos de salud decidió voluntariamente presentar su carta de renuncia por límite de edad, luego de haber laborado por más de 30 años en la entidad como técnico de mantenimiento. Sin embargo, el hospital no cumplió con pagar la CTS, argumentando que carece de disponibilidad presupuestaria y que las normas legales que regulan el presupuesto del Estado, prohíben efectuar gastos no previstos con antelación.

El Tribunal verificó que la entidad demandada no cumplió con efectuar la liquidación de la CTS que le corresponde al recurrente, por tratarse de un trabajador nombrado cesado. Por lo que declaró fundada la demanda y ordenó que se cumpla con el pago en el plazo de 10 días.

El Tribunal consideró que, pese a que el hospital reconoció que el extrabajador cesó el 1 de setiembre de 2017, a la fecha no ha cumplido con efectuar la liquidación de la CTS que le corresponde. Además, hasta en dos oportunidades mediante decretos de fecha 13 de agosto de 2019 y 4 de agosto de 2020 se solicitó al hospital demandado que informe respecto a lo peticionado en el presente proceso de cumplimiento, habiendo omitido remitir la información requerida pese a estar válidamente notificado.

Lima, 28 de abril de 2021