Supervisarán casos sobre hacinamiento de penales y salud mental de internos en audiencia el 5 de mayo
Nota de prensaEl TC declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional respecto del hacinamiento de los penales y las severas deficiencias en la calidad de su infraestructura y servicios básicos.

Fotos: Oficina de Imagen Institucional
30 de abril de 2021 - 3:00 p. m.
El cumplimiento de las sentencias sobre los casos de hacinamiento en los penales (Exp. N° 05436-2014-PHC) y salud mental de los internos de los establecimientos penitenciarios (Exp. N° 04007-2015-PHC), serán supervisadas por el Tribunal Constitucional (TC) en audiencia pública que se realizará el próximo 5 de mayo.
En el primer caso, el TC declaró la existencia de un estado de cosas inconstitucional respecto del hacinamiento de los penales y las severas deficiencias en la calidad de su infraestructura y servicios básicos a nivel nacional, tras dar la razón al interno C.C.B. del penal de Tacna, quien reclamó por dormir en el suelo y no recibir atención médica.
El Colegiado dispuso que, si en el año 2025 no se consigue superar dicho estado de cosas inconstitucional, se deberán cerrar seis establecimientos penitenciarios que hayan alcanzado los mayores niveles de hacinamiento
Declaró además que la solución a los problemas de hacinamiento carcelario exige el trabajo conjunto y coordinado del Poder Legislativo, Poder Judicial y Poder Ejecutivo, entre otros, así como la participación de la sociedad en general.
En el segundo caso, el Tribunal ordenó al Ministerio de Salud la inmediata atención, diagnóstico y tratamiento del suboficial de la PNP, M.H.F.C. quien padece de graves problemas psicológicos y psiquiátricos en el penal de Lurigancho y declaró un estado de cosas inconstitucional, la situación de la salud mental de los reclusos en los penales del país.
Igualmente ordenó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, INPE y Ministerio de Salud (MINSA) diseñen, propongan y ejecuten un plan de acción que asegure la disponibilidad y accesibilidad del servicio de salud mental de los reos a nivel nacional, en un plazo que venció el 6 de enero de 2021.
También ordenó al INPE y al MINSA identificar a la población penitenciaria que padece de algún tipo de trastorno mental y ver por su tratamiento. Además, que el INPE debe informar al TC cada tres meses sobre los avances de lo dispuesto en la sentencia.
Lima, 30 de abril de 2021