El Tribunal Constitucional realizó conversatorio sobre sentencia emblemática sobre servicios de tercerización

Nota de prensa
Tras las palabras de bienvenida, el magistrado César Ochoa agradeció la presencia de la magistrada Luz Pacheco, ponente de la sentencia, así como de los especialistas en el derecho participantes.
El Tribunal Constitucional realizó conversatorio sobre sentencia emblemática sobre servicios de tercerización
El Tribunal Constitucional realizó conversatorio sobre sentencia emblemática sobre servicios de tercerización
El Tribunal Constitucional realizó conversatorio sobre sentencia emblemática sobre servicios de tercerización

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

20 de octubre de 2025 - 10:50 p. m.

Con la participación de la presidenta del Tribunal Constitucional (TC), magistrada Luz Pacheco Zerga, y del magistrado César Ochoa Cardich, director general del Centro de Estudios Constitucionales (CEC), se realizó el conversatorio sobre “Sentencias Emblemáticas del Tribunal Constitucional – caso: Tercerización (STC n.° 03097-2024-PA/TC)”, que contó como panelistas a la exviceministra de Trabajo, Beatriz Alva Hart; de los especialistas en derecho laboral, César Puntriano Rosas y Christa Caro Palacios; y el docente de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Omar Toledo Toribio.

Tras las palabras de bienvenida, el magistrado César Ochoa agradeció la presencia de la magistrada Luz Pacheco, ponente de la sentencia, así como de los especialistas en el derecho del trabajo participantes en este conversatorio.

La magistrada Luz Pacheco sostuvo que lo más importante en esta decisión ha sido tratar de que haya igualdad, principio básico en las relaciones laborales y sociales en general. Tampoco vulnera el derecho a las libertades de empresa y de contratación, que puedan tener las empresas principales para emplear la tercerización.

Destacó que esta sentencia no afecta la libertad de empresa, ya que podrán seguir tercerizando en parte de las actividades que realizan. Agregó que cuando la ley está permitiendo algo, que vemos en la práctica, que no contribuye a una mejora en las condiciones de vida de los trabajadores, la apuesta del TC es proteger los derechos fundamentales.

Por su parte, Beatriz Alva Hart sostuvo que habría que revisarse en qué casos cabe la tercerización de la actividad integral y qué cosa se debe entender por núcleo del negocio, y se deben proteger los derechos laborales de no discriminación, negociación colectiva, entre otros. Pero eso lo tiene que hacer la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).

En tanto, César Puntriano dijo que no se trata de la validez de tercerizar actividades nucleares ni los alcances de la Ley 29245, ley de tercerización, ni el Decreto Legislativo 1038, que habilita la restricción de tercerizar actividades nucleares, sino que el Ejecutivo no ha actuado de manera válida y hubo un exceso en su potestad reglamentaria, porque la ley y el decreto legislativo, en ninguna parte, hacen referencia a una restricción a tercerizar actividades nucleares.

Mientras que Omar Toledo aseguró que en los juzgados laborales hay procesos de tercerización laboral en los que se aprecia la afectación de los derechos laborales y constitucionales de los trabajadores en la relación trabajador-ciudadano y viceversa. Enfatizó que esta sentencia hace mención a la dignidad del trabajador, contemplado en el artículo 23 de la Constitución Política del Estado.

Finalmente, Christa Caro afirmó que la tercerización bien utilizada es totalmente legítima, pero tienen que existir algunos límites. Aseveró que la ley 29245 no es perfecta, pero sí es perfectible mediante su modificación. Acotó que la Constitución señala en su artículo primero que el fin supremo de la sociedad y del Estado es la dignidad de la persona y el trabajador es una persona, por la que hay que cuidarlo a través de los mecanismos que la ley prevé y respetando la jerarquía normativa contemplada en el artículo 51 de la Constitución.

Lima, 20 de octubre de 2025

Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional