Conferencia internacional sobre la justiciabilidad de los derechos sociales y la transformación social realizó el CEC del TC
Nota de prensaEsta conferencia forma parte del Ciclo de Conferencias sobre DESCA, y el profesor Niembro Ortega explicó sobre la argumentación constitucional.

Fotos: Oficina de Imagen Institucional
11 de agosto de 2025 - 9:30 p. m.
El Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del Tribunal Constitucional (TC), bajo la dirección general del magistrado César Ochoa Cardich, realizó la conferencia internacional virtual “La justiciabilidad de los derechos sociales y la transformación social”, que tuvo como conferencista al profesor de derecho constitucional en el Programa de Posgrado en Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Roberto Niembro Ortega.
Esta conferencia forma parte del Ciclo de Conferencias sobre DESCA, y el profesor Niembro Ortega explicó sobre la argumentación constitucional. Para ello, utilizó como ejemplo la controversia constitucional 38/2015, sentencia de la Suprema Corte de Justicia en México, donde se desempeñó como secretario de Estudio y Cuenta, denominado en otros países como letrado o magistrado auxiliar, encargado de elaborar proyectos de sentencia y dictámenes.
Indicó que la controversia constitucional es un litigio de conflictos competenciales verticales y horizontales, o sea, son litigios en los que se disputan competencias a nivel federal y a nivel horizontal; vale decir, es una disputa entre poderes.
Aseguró que cuando se dictó esta sentencia, la controversia constitucional 38/2015, caso de Huajuapan de León, en ese momento no se podían hacer valer violaciones a derechos humanos, solo violaciones competenciales.
Aseveró que, en el caso de Huajuapan de León, lo que se logró fue garantizar el derecho a la salud de manera indirecta, obligando a que el Estado ejerza sus competencias. En este caso, el municipio demanda al Estado de Oaxaca alegando que hay una afectación a su esfera competencial sobre la materia de salubridad general, porque el Estado no ejerce el ámbito competencial que le corresponde y no obtiene los recursos federales para concluir el hospital. En este caso no hay un alegato directo de violación a derechos humanos, que se puede alegar a partir del año 2021, tanto en violaciones competenciales como violación a derechos humanos.
Durante la conferencia explicó conceptos y procesos y dijo que todos los poderes, así como todos los jueces de México, pueden llevar a cabo control difuso de convencionalidad y constitucionalidad. No lo hacen a través de un juicio de amparo, sino a través de los procesos ordinarios que conocen, y si consideran que una de las normas que están aplicando o que van a aplicar es inconstitucional o inconvencional, pues la dejan de aplicar para efectos de la resolución del caso concreto.
En la conferencia participó como panelista el asesor jurisdiccional con funciones de director ejecutivo del CEC, Juan Manuel Sosa Sacio, y la asesora jurisdiccional con funciones de directora académica del CEC, María Candelaria Quispe Ponce, quien estuvo a cargo de la presentación y moderación.
Lima, 11 de agosto de 2025
Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional