CEC del TC organizó la conferencia “Procedencia del habeas corpus en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional”
Nota de prensaAmbos asesores jurisdiccionales explicaron los criterios de la tutela procesal efectiva, así como el debido proceso y las causales de improcedencia en sentencias del TC.

Fotos: Oficina de Imagen Institucional
17 de julio de 2025 - 4:13 p. m.
Las exposiciones estuvieron a cargo de los asesores jurisdiccionales del TC, Silvia Sánchez Gómez y Carlos Villarroel Quinde. Ellos explicaron los derechos protegidos como la libertad personal y los derechos conexos a este, conforme al artículo 200, numeral 1 de la Constitución Política del Perú y el artículo 33 del Código Procesal Constitucional.
Silvia Sánchez indicó que cualquier persona puede interponer la demanda de habeas corpus cuando esté en afectación de su libertad personal o imposibilitada de acudir a un abogado o interponer una demanda directamente. Detalló que esa demanda puede ser interpuesta por la madre, padre, hermano, amigos o cualquier otra persona ante la vulneración de su derecho a la libertad individual.
En tanto, Carlos Villarroel sostuvo que el habeas corpus no sólo protege la libertad física propiamente dicha, sino que su ámbito de protección se extiende también a la libertad de movimiento, a la libertad de tránsito, al derecho a la integridad personal, entre otros.
Detalló que el artículo 25 del Código Procesal Constitucional señala de manera enunciativa y no taxativa el catálogo de derechos que conforman la libertad individual y que son objeto de protección mediante el proceso de habeas corpus, así como los derechos conexos con ella. (STC. Exp. 06218-2007-PHC, fundamentos 4 y 5).
Ambos asesores jurisdiccionales explicaron los criterios de la tutela procesal efectiva, así como el debido proceso y las causales de improcedencia en sentencias del TC.
Este evento virtual fue organizado por el Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del Tribunal Constitucional (CEC), cuya dirección general está a cargo del magistrado del TC, César Ochoa Cardich. La moderación de la conferencia fue realizada por la asesora jurisdiccional con funciones de directora académica del CEC, María Candelaria Quispe Ponce.
Lima, 17 de julio de 2025
Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional