Conferencia internacional sobre precedentes desarrolló el Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional

Nota de prensa
El magistrado Francisco Morales fue el encargado de dar las palabras de bienvenida y cierre del evento, destacando el intercambio de ideas y experiencias con relación al precedente.
Conferencia internacional sobre precedentes desarrolló el Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

2 de julio de 2025 - 2:55 p. m.

La actividad académica tuvo como panelistas al magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Francisco Morales Saravia; al decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Tecnológica del Perú, Luis Diez Canseco Núñez; al docente de la Universidad de Génova, Italia, Marco Segatti; y al profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Tarapacá, Chile, Víctor García Yzaguirre.
El magistrado Francisco Morales fue el encargado de dar las palabras de bienvenida y cierre del evento, destacando el intercambio de ideas y experiencias con relación al precedente, en particular al precedente constitucional.
Afirmó que en el Perú el TC define lo que es el precedente por mandado de la ley y que el Nuevo Código Procesal Constitucional en el artículo VI, define lo que se debe entender como precedente, al establecer que las sentencias del Tribunal Constitucional que adquieren la autoridad de cosa juzgada constituyen precedente vinculante cuando así lo exprese la sentencia.
Reveló que entre el 2005 y este año, el TC ha emitido 58 precedentes constitucionales, referidos al proceso constitucional, derecho tributario, libertad de tránsito, pensiones, procesal penal, arbitraje, derecho administrativo, procesos en sede parlamentaria, laboral, ratificación de magistrados y en tres derechos (reunión, rectificación y amparo electoral).
Por su parte, Luis Diez Canseco expuso sobre “Stare Decisis y el Certiorari”; sobre el primero, dijo que tiene su origen en el derecho anglosajón, en tanto el segundo, en la Corte Suprema de los Estados Unidos.
Detalló que “Stare Decisis” proviene de la máxima latina “Stare Decisis et non quieta moveré”, que significa atenerse a lo decidido y mantener la quietud. Aseveró que las altas cortes son las que determinan cómo se debe interpretar el derecho/normas a partir de casos concretos y que se ponen de manifiesto mediante los “precedentes de observancia obligatoria” para todos los órganos jurisdiccionales.
Mientras que Marco Segatti expuso sobre “Dos sentidos de precedente. Complementariedades inter-temporales y formación endógena de hábitos en las decisiones judiciales”.
Indicó que un precedente en sentido estricto es un argumento formulado deliberadamente por un juez para moldear el futuro.
Aseveró que seguir el precedente no es solo un acto de devoción hacia el pasado, sino la condición esencial para atribuir racionalmente efectos a las decisiones jurídicas.
En tanto, Víctor García aseguró que un precedente es una decisión jurisdiccional que, debido a una norma aparte del sistema jurídico, es fuente de normas que condicionan la validez de otros actos jurisdiccionales; es decir, un precedente es un subtipo de sentencia jurisdiccional.
Acotó que la norma que está contenida en el precedente es la ratio decidendi, y que para identificarla será necesario llevar actos de interpretación de textos.
La moderación del evento estuvo a cargo de la asesora jurisdiccional con funciones de directora académica del CEC, María Candelaria Quispe Ponce.




Lima, 2 de julio de 2025

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