Conferencia internacional ¿Qué juez? “En el marco del estado constitucional” realizó el CEC del TC
Nota de prensaIndicó que el juez tiene en sus manos, un instrumento poderoso para hacer ver a la ciudadanía lo imprescindible de la jurisdicción como instancia de garantía de derechos.

Fotos: Oficina de Imagen Institucional
17 de junio de 2025 - 5:50 p. m.
El magistrado emérito de la Sala Segunda (de lo Penal) del Tribunal Supremo de España, Perfecto Andrés Ibáñez, fue el expositor de la conferencia internacional ¿Qué juez? “En el marco del estado constitucional”, realizada por el Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del Tribunal Constitucional (TC).
La actividad virtual se inició con las palabras de bienvenida del magistrado del TC, César Ochoa Cardich, director general del CEC, quien planteó al conferencista algunas reflexiones sobre cómo abordar la independencia judicial y sobre cuál es el mejor diseño para garantizarla ante la comentada politización de la justicia en el caso peruano y el rol del juez.
Perfecto Ibáñez sostuvo que, en el estado constitucional, el juez está dotado de una independencia reforzada y tiene un estatuto muy exigente en materia de profesionalidad.
Destacó como paradigma a la Constitución italiana de 1948 por ser un texto constitucional con el mejor diseño del Poder Judicial y el estatuto de los jueces, donde por primera vez se consagra la independencia externa de los jueces y se pone fin a la dependencia política del Ejecutivo, extrayendo la gestión de la magistratura de su ámbito, y detalla la exclusiva sujeción del juez a la ley.
Dijo que los jueces se distinguen por razón de la función, por tanto, no cabe posiciones de poder de unos jueces sobre otros.
Aseveró que el deber ser del Poder Judicial no admite ninguna interferencia del poder político en el ámbito jurisdiccional y ninguna jerarquía administrativa intrajurisdiccional.
Agregó que el tratamiento de los hechos no se puede confiar a la intuición del juez, porque una demanda es una hipótesis que debe ser tratada metodológicamente y debe desembocar en una decisión rigurosamente fundada, con una resolución que se autoexplique.
Acotó que el juez debe saber que mediante el correcto desempeño de su función como profesional y mediante el buen trato al justiciable tiene en sus manos, un instrumento poderoso para hacer ver a la ciudadanía lo imprescindible de la jurisdicción como instancia de garantía de derechos.
La moderación estuvo a cargo de la asesora jurisdiccional con funciones de directora académica del CEC, María Candelaria Quispe Ponce.
Lima, 17 de junio de 2025
Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional